De conformidad con la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
| Codificación | POL.SII.01 |
|---|---|
| Revisión | 01 |
| Fecha de aprobación Rev.00 | 26-08-2026 (Junta Directiva) |
| Fecha de aprobación Rev.01 | Pendiente — Junta Directiva |
| Responsable del SII | Kesiá Rodríguez González · k.rodriguez@apanate.org |
| Persona de Referencia Canal de Acoso | Kesiá Rodríguez González · k.rodriguez@apanate.org |
| Aprobado por | Junta Directiva de APANATE |
La Asociación APANATE está firmemente comprometida con el buen gobierno, la integridad y el respeto a los valores éticos que inspiran su actuación como entidad del tercer sector de autismo.
Esta Política establece el marco de funcionamiento del Sistema Interno de Información (SII) de APANATE, en cumplimiento de la Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
El SII proporciona un entorno seguro para comunicar conductas que puedan ser constitutivas de delito o infracción del ordenamiento jurídico e interno de la entidad, garantizando la protección de la persona informante frente a posibles represalias.
¿A quién se aplica?
Esta Política es de aplicación a todas las personas vinculadas con APANATE: Junta Directiva, familias, personas trabajadoras, voluntarias, en prácticas o con relación laboral ya finalizada en el momento en que obtuvieron la información comunicada.
APANATE articula su sistema a través de cuatro canales con naturaleza y responsables distintos, integrados bajo un mismo compromiso ético:
| Canal | Qué cubre | Responsable |
|---|---|---|
| Canal de Denuncias (SII, Ley 2/2023) | Infracciones normativas, penales o administrativas graves. Represalias laborales. Fraude, corrupción, incumplimientos legales graves. | Kesiá Rodríguez González Responsable del SII k.rodriguez@apanate.org |
| Canal de Acoso Laboral | Acoso psicológico, sexual, por razón de sexo, LGTBI, discriminatorio y violencia física en el ámbito de la entidad. | Kesiá Rodríguez González Persona de Referencia k.rodriguez@apanate.org |
| Canal Ético (Grupo de Ética) | Conflictos de valores, dilemas éticos, comportamientos contrarios a la identidad de APANATE no constitutivos de infracción legal. | Grupo de Ética de APANATE (en formalización) etica@apanate.org |
| Quejas y Sugerencias | Insatisfacción con los servicios, propuestas de mejora, reclamaciones de familias, personas con TEA y personas ajenas a la entidad. | Dirección de Calidad de Vida (con reporte a la Junta Directiva) |
El Canal de Denuncias es el cauce formal para comunicar:
La Junta Directiva designa formalmente a la Responsable del SII, quien desempeña sus funciones con plena independencia y autonomía respecto del resto de órganos de la entidad, sin poder recibir instrucciones de ningún tipo, conforme al artículo 8.4 de la Ley 2/2023. Su nombramiento ha sido notificado a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI — Astrea).
Cuando la comunicación afecte a la Responsable del SII o a la Dirección de Propósito, las funciones de gestión serán asumidas por la Presidencia de la Junta Directiva.
Responsable del Canal de Denuncias
Kesiá Rodríguez González
Responsable del Sistema Interno de Información designada formalmente por la Junta Directiva de APANATE.
Nombramiento notificado a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI — Astrea).
Las comunicaciones podrán ser anónimas. Se recomienda la identificación para facilitar la instrucción. La garantía de confidencialidad es absoluta en todo caso.
Cuando la Responsable del SII o la Comisión de Investigación valoren que el caso supera las competencias técnicas internas — por su complejidad jurídica, especialización requerida o cualquier otra circunstancia — podrán derivar el expediente a un profesional o entidad externa especializada para su evaluación. Esta derivación se documentará en el expediente y se comunicará a la Dirección de Propósito.
El Canal de Acoso Laboral es el cauce especializado para comunicar situaciones de:
La Junta Directiva designa formalmente a la Persona de Referencia del Canal de Acoso Laboral, quien es el primer punto de contacto para las personas que quieran plantear una situación de este tipo. Su actuación está regulada por el Protocolo de Acoso Psicológico, Sexual o por Razón de Sexo de APANATE (Rev. 02).
Persona de Referencia del Canal de Acoso Laboral
Kesiá Rodríguez González
Persona de Referencia designada formalmente por la Junta Directiva de APANATE.
Las comunicaciones pueden realizarse de forma presencial, por correo electrónico o por cualquier otro medio habilitado.
Cuando la Persona de Referencia o la Comisión de Investigación valoren que la naturaleza o complejidad del caso supera las competencias técnicas internas, podrán derivar la evaluación a un profesional o entidad externa especializada. Esta derivación se documentará en el expediente y se comunicará a la Dirección de Propósito.
Cauce para comunicar conflictos de valores, dilemas éticos y comportamientos que no encajan con la identidad de APANATE, aunque no constituyan una infracción legal. Gestionado por el Grupo de Ética conforme a la Guía de Calidad Ética de la entidad.
Las comunicaciones al Canal Ético se realizan a través del correo electrónico habilitado a tal efecto:
Correo del Canal Ético
Puede comunicarse de forma anónima si así lo prefiere. El Grupo de Ética acusará recibo en un plazo de 7 días y emitirá una orientación o recomendación en un plazo orientativo de 30 días.
El Canal Ético no es un canal de denuncias legales ni un órgano sancionador. Es un espacio de reflexión y orientación ética, cuyas orientaciones tienen carácter consultivo y no vinculante. Para infracciones normativas o situaciones de acoso, los cauces son el Canal de Denuncias y el Canal de Acoso Laboral respectivamente.
El proceso completo de formalización del Canal Ético — incluyendo la composición del Grupo de Ética, el procedimiento interno y los formatos de registro — es objeto de un proceso específico aprobado por la Junta Directiva conforme a la Guía de Calidad Ética de la entidad.
Las quejas, sugerencias y reclamaciones de familias, personas con TEA, representantes legales y personas ajenas a la entidad constituyen un instrumento fundamental de mejora continua de los servicios de APANATE. Su regulación completa se recoge en el Protocolo de Sugerencias, Quejas, Reclamaciones y Denuncias (Rev. 08).
Este canal recoge:
La gestión operativa de las quejas y sugerencias corresponde a la Dirección de Calidad de Vida, que coordina con los responsables de los servicios afectados y da respuesta en los plazos establecidos. Cuando una queja no pueda resolverse a nivel de servicio o tenga impacto organizacional, se escala a la Dirección de Propósito.
La Junta Directiva está implicada en el proceso de quejas y sugerencias desde el inicio:
Correo directo a la Junta Directiva
Este cauce está disponible para cualquier persona vinculada con APANATE que desee comunicarse directamente con el órgano de gobierno de la entidad, incluyendo quejas, preocupaciones o cualquier asunto que considere oportuno trasladar. La Junta Directiva acusará recibo y dará respuesta o derivará al cauce adecuado.
Si una queja o sugerencia describe una posible infracción normativa grave (maltrato, negligencia, fraude, conducta ilegal), el responsable que la recibe la deriva de inmediato al Canal de Denuncias. Si describe una situación de acoso hacia una persona trabajadora, se deriva al Canal de Acoso Laboral.
APANATE garantiza que ninguna persona que realice una comunicación de buena fe sufrirá represalias. Cualquier acción en este sentido constituirá una infracción grave sujeta a régimen disciplinario.
El tratamiento de datos personales se realizará conforme a la Ley 2/2023 y a la normativa vigente de protección de datos (RGPD y LOPDGDD). Responsable del tratamiento: APANATE.
Toda persona puede dirigirse a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (www.aai.gob.es) o a las autoridades autonómicas competentes. El SII de APANATE se establece como cauce preferente.
Esta Política será difundida a todas las personas vinculadas con APANATE y estará disponible en la página web, en la sección de Transparencia.
| Revisión / Fecha | Descripción |
|---|---|
| 00 — 26/08/2026 | Edición inicial. Tres canales: Canal de Denuncias, Canal de Acoso Laboral y Canal Ético. Aprobada por la Junta Directiva. |
| 01 — 01/09/2026 | Incorporación del Canal de Quejas y Sugerencias como cuarto canal. Adición de correos de contacto: k.rodriguez@apanate.org (Kesiá, Canal de Denuncias y Canal de Acoso Laboral), etica@apanate.org (Canal Ético), juntadirectiva@apanate.org (Junta Directiva). Actualización de la tabla de estructura del sistema. |
Codificación: POL.SII.01
Revisión: 01
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