DISCAPACIDAD Y DEPENDENCIA, ¿SON LO MISMO?
Pues no, no son lo mismo. Pero como estos conceptos y sus implicaciones se prestan a confusión, el post de hoy lo vamos a dedicar a clarificarlos. Gracias, por cierto, a nuestro equipo de familias (trabajo social) por toda la información.

DISCAPACIDAD

¿Quién la valora?

Equipo de Valoración y Orientación multidisciplinar (profesionales de Medicina, Psicología y Trabajo Social).

¿Cómo se valora?

A través de informes previos, entrevistas y pruebas. De esta valoración se determina un grado de discapacidad que se mide en porcentaje (mínimo 33%).

¿Dónde se solicita?

En el Edificio Príncipe Felipe (SC) o a través de las Unidades de Trabajo Social municipales. También te podemos ayudar desde APANATE.

¿Cuál es el procedimiento?

Una vez realizada la solicitud, se recibe por correo electrónico una citación para acudir a la valoración.

¿Qué beneficios tiene?

En general:

  • Ayudas municipales para el pago de servicios vinculados a necesidades derivadas de la discapacidad.
  • Bono social de la luz.
  • Deducción de Hacienda por Hijo con Discapacidad.
  • Matrícula gratuita en la universidad.
  • Reserva de plazas en oposiciones.
  • Descuentos en transporte

Para menores de edad (mismos beneficios siempre que haya +33% de discapacidad):

  • Prestación de la Seguridad Social por hijo a cargo.
  • Beca del Cabildo para alumnado con NEAE.
  • Familia numerosa en el caso de que haya otro hermano/a (la persona con discapacidad computa doble).

Para mayores de edad (en función del porcentaje de discapacidad):

  • Ingreso mensual si discapacidad igual o mayor al 65%.
  • Exención del pago del rodaje del vehículo si la persona con discapacidad es titular.

Otros datos

Se puede solicitar en cualquier momento y no es obligado presentarla en ningún sitio, es decir, el certificado se puede presentar o no en función de lo que más le convenga a la persona (por ejemplo, a la hora de acceder a un puesto de trabajo).


DEPENDENCIA

¿Quién la valora?

Un técnico valorador a domicilio.

¿Cómo se valora?

A través de un baremo estatal. Se valoran las necesidades de apoyo que tiene la persona para tomar decisiones o para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

¿Dónde se solicita?

En el Edificio Príncipe Felipe (SC) o a través de las Unidades de Trabajo Social municipales. También te podemos ayudar desde APANATE.

¿Cuál es el procedimiento?

Una vez realizada la solicitud, se recibe una llamada indicando la fecha para la visita al domicilio. En esa primera visita, se aplica el baremo. Posteriormente, la persona recibe por correo ordinario una resolución que indica el grado de dependencia (Grado I-Dependencia Moderada, Grado II-Dependencia Severa o Grado III-Gran Dependencia). Posteriormente se recibe otra visita a domicilio en la que se determina el servicio/prestación que la persona desea. Por último, llega por correo certificado la segunda y última resolución que incluye el PIA (Plan Individualizado de Atención) con los servicios y/o prestaciones definitivos.

¿Qué beneficios tiene?

Los más comunes para TEA en Canarias son:

  • Servicio de Promoción a la autonomía (atención directa a la persona durante un número determinado de horas al mes).
  • Servicio de Centro de Día u ocupacional (acudir de manera estable a un centro de lunes a viernes, mayores de 18 años).
  • Servicio de Ayuda a Domicilio.
  • Servicio de Atención Residencial.
  • Prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
  • Prestación vinculada a un servicio.

Otros datos

Servicios y prestaciones son ahora compatibles.  Existe la creencia de que se dirige a personas mayores, pero se incluye a cualquier persona con necesidades de apoyo. No es necesario tener tramitada la discapacidad. Puedes ampliar la información en el post sobre la Ley de Dependencia. 

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